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2015-12-03 : Se convoca a los nuevos beneficiarios de Pensiones No Contributivas

La Secretaria de Salud y Acción Social del Gobierno Municipal cita a las siguientes personas, nuevos beneficiarios de Pensiones No Contributivas, a presentarse el viernes 4 de diciembre de 2015 a las 9:00hs en el Centro de Interpretación, esquina José María Gómez y Caa Guazú.


1. ACEVEDO MARIA CRISTINA 23.054.326
2. ACUÑA NATALIA SOLEDAD 31.418.716
3. AGUIRRE RODRIGO MANUEL 44.293.210
4. AVALOS RAMON OMAR 13.325.362
5. BARRIOS DOMINGO ESPERANZA 08.079.550
6. BARRIOS RAMON IRENEO 12.052.182
7. CANO ROSA ANALIA 30.479.257
8. CARDOZO LEONARDO JAVIER 21.681.951
9. CASTILLO MARIO RAMON 17.174.817
10. CENA NUÑEZ ROSALIA 40.753.255
11. DELGADO MARISA FABIANA 37.061.553
12. DELGADO VICTORIA 12.845.677
13. DIAZ FABIAN 26.191.074
14. DIAZ HECTOR ANTONIO 31.418.728
15. DIAZ LUCIANA ELIANA 48.686.515
16. DOMINGUEZ JUAN ESTEBAN 10.660.792
17. DUARTE OJEDA FLORENCIA 53.764.745
18. FLORES TALIA MICAELA 40.015.085
19. FRANCO RAMON IGNACIO 17.766.252
20. GODOY LIVIO RAMON 13.783.022
21. GOMES PABLO RAMON 17.678.621
22. GOMEZ DELIA ALCIRA 16.326.542
23. GOMEZS ARACELI EDITH 48.341.993
24. GONZALEZ RAMON CEFERINO 20.628.566
25. GONZALEZ SONIA ITATI 35.435.855
26. MACIEL FORTUNATO 20.089.628
27. MONZON TIANA DANIELA 23.009.178
28. MORALES MARIA ITATI 12.845.758
29. MOREYRA DAVID NICOLAS 46.921.975
30. OCAMPO MARIO DANIEL 17.174.760
31. OJEDA MARIA ESTER 10.034.186
32. OJEDA MIRIAM ISABEL 28.413.841
33. PARRA JOSE CAYETANO 12.845.664
34. PINTOS MARTA ROSANA 26.493.867
35. PINTOS PABLO MANUEL 16.632.084
36. RIVAROLA JUAN OMAR 41.281.956
37. RODRIGUEZ RAMONA HAIDEE 12.380.478
38. ROJAS JORGE 11.299.103
39. ROMERO ALMA MILAGROS 54.263.974
40. ROZADA RICARDO OSVALDO 14.880.911
41. SORUCCO GERALDINA ANAHI 47.537.072
42. VALENZUELA MABEL MIRTA 18.773.535
43. VILLAN ROMAN ANTONIO 40.587.411

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2015-12-02 : Los dominios .ar un 40% mas caros desde el 1 de diciembre

Quienes deben renovar los dominios administrados por NIC.ar, han encontrado que desde el 1 de diciembre de 2015, el valor ha aumentado casi un 40 por ciento. Así, un dominio .com.ar que hasta el 30 de noviemnbre costaba $160, cuesta ahora $220.

Valores a parir del 1 de diciembre:

.com.ar $ 220,00
.net.ar $ 220,00
.tur.ar $ 220,00
.org.ar $ 220,00
.gob.ar $ 90,00

son solo algunos de los valores vigentes en la actualidad, tanto para altas, renovaciones y/o transferencias.

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2015-12-02 : Todo listo para las celebraciones por los 400 años de Itatí

El poblado correntino fundado el 7 de diciembre de 1615 cumple 400 años. Por este motivo, los días 5, 6 y 7 de diciembre habrá celebraciones religiosas, musicales y gastronómicas. Las actividades cuentan con el acompañamiento del Gobierno Provincial, a través del Ministerio de Turismo.

Programa Oficial Festejos de los 400 Años de Itatí

Sábado 5 de Diciembre
14:00 a 18:00 hs. Festival Chamamecero y Destrezas Criollas. Lugar: predio al lado del Agua Potable.
18:30 hs. Banda de Música Popular Puntuales de Tardanza. Lugar: Costanera del IV Centenario.
19:00 hs. Con cierto “Bajo las Estrellas” Banda Municipal Juvenil de Las Breñas, Chaco, y Ballet Oficial de Capiatá, Paraguay. Lugar: Costanera del IV Centenario.
20:00 hs. Homenaje a Itatí en sus 400 Años.
• Actuaran: La Orquesta Folcklórica de la Provincia, Ensamble Musical de la Ciudad de Corrientes, Banda de Música del Ejercito de Argentino con asiento en Resistencia, Chaco. Cuerpos de Ballet y Ballet. Lugar: Costanera del IV Centenario.

Domingo 6 de Diciembre.
09:00 a 12:00 hs. Demostración Culinaria de Argentina Cocina. Más de 14 chefs de todo el país cocinarán distintos sabores del país y el pueblo peregrino. Lugar: Costanera del IV Centenario.
21:00 hs. Festival Aniversario en Honor a los 400 Años de la Fundación.
• Actuarán: El Itateño Abel Sosa y su conjunto. Los Chaqueñisimos Cardozo. Grupo Itatí. Los de Imaguaré. Alan Guillén. Alfredo Monzón. Mario Boffil. Los Dinos. Los Forasteros. La Happy Hour y el Cierre con Samba Total. Lugar: Costanera del IV Centenario.

Lunes 7 de Diciembre.
00:00 hs. Show de Piro Musical de Fuegos Artificiales. Lugar: Costanera del IV Centenario.
08:00 Arribo de los Peregrinos de todo el país y el Mercosur, destacando la llegada de 12.000 ciclistas provenientes de la Provincia de Misiones. Lugar: Frente a la Basílica.
09:00 hs. Recepción de Autoridades en el Palacio Municipal.
09:50 hs. Traslado a la Basílica.
10:00 hs. Misa Solemne en Honor a los 400 Años de la Fundación del Pueblo.
11:00 hs. Inauguración de la estatua del fundador Fray Luis de Bolaños en la Plaza homónima. Ofrenda floral.
12:00 hs. Almuerzo Comunitario en el Polideportivo Municipal.
17:30 hs. Acto Cívico Militar en la Av. Costanera del IV Centenario.
22:00 hs. Cantata a la Virgen desde el atrio de la Basílica de Itatí. Conjuntos Musicales.

Martes 8 de diciembre.
00:00 hs. Saludo a la Virgen a su Pueblo y Peregrinos presentes. Misa Solemne y Procesión.
El Festival de los Pueblos Peregrinos, el pre Cosquín y la primera feria municipal del libro, que se realizaba hasta el cierre de esta edición, son parte de las actividades por el 400º aniversario de Itatí.
Pero a estas se sumarán las celebraciones que comenzarán el sábado 5 de diciembre y se extenderán hasta el lunes 7, jornada en la que precisamente se conmemorará la fundación de la localidad.

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2015-12-02 : COPARTICIPACIÓN FEDERAL: Devolución del 15%: “La Presidente mentía o quiere desfinanciar programas sociales”

“Bienvenido sean estos recursos a la provincia, lo venimos reclamando hace años”, aseguró el ministro Vaz Torres y se preguntó porqué el kirchnerismo no los devolvió antes. En este contexto, el titular de la cartera económica estimó que para 2015 el 15% representa alrededor de $2 mil millones. “Hay que analizar la norma y los alcances que tiene su instrumentación”, explicó. Advirtió además que la Presidente busca poner en “jaque financiero” a la próxima administración, a partir de medidas de este tipo, el aumento descomunal del gasto, el incremento del déficit en más de 130 mil millones y la pérdida de reservas.

El ministro de Hacienda y Finanzas, Enrique Vaz Torres, afirmó que el cumplimiento por parte de Nación del fallo de la Corte Suprema de Justicia de cese de la retención del 15 por ciento a la coparticipación, es una demanda que desde hace tiempo mantenían las jurisdicciones. “Bienvenido sean estos recursos a la provincia de Corrientes, porque es un genuino reclamo que teníamos hace mucho tiempo”, expresó el jefe de la cartera económica correntina.

En este sentido, el titular de la cartera económica recordó las excusas del Gobierno Nacional para no devolver estos fondos a las Provincias, alegando que se desfinanciaría a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), y aseguró: “La Presidente mentía sobre esto o quiere desfinanciar programas sociales para complicar a la futura gestión. Queda claro que se trata de una actitud perversa a 10 días de irse”.

“Estoy viajando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de tener algunas reuniones para tomar precisiones respecto a esto”, comentó el ministro.

“Esto significa, para tener una idea, cerca de 2 mil millones de pesos en 2015 para Corrientes, pero habría que ve desde cuándo se instrumenta”, indicó el ministro de Hacienda y Finanzas. “De toda la masa de coparticipación, la relación estaba en 75 por ciento para Nación, y 25% para las provincias; esta primera división es la que se incrementará con el decreto del Poder Ejecutivo Nacional en un 15% más para las jurisdicciones provinciales”, explicó Vaz Torres.

“En este contexto, mejoraría la relación; estaríamos 40% para las provincias, y el 60% para Nación”, agregó el titular de la cartera económica.

“De igual forma, estamos viendo cuánto es lo que corresponde porque eso va sobre la recaudación y la recaudación varía por distintas razones: por el incremento de los precios en el caso del IVA (Impuesto al Valor Agregado); vamos a mirar a ver cuánto ascienden estos montos”, aclaró Vaz Torres.

ACTITUD PERVERSA

“Esta novedad hay que ponerla en la justa dimensión política: la presidente Cristina Fernández de Kirchner incrementa el déficit a $130 mil millones al mismo tiempo; parece un contrasentido, porque profundiza el déficit por un decreto y además, reconoce más recursos a las provincias. Es como decir, bueno, voy a reconocer recursos pero no voy a tener con qué girar”, advirtió el Ministro.

“Realmente es una actitud cínica y perversa de la Presidente”, acusó Vaz Torres. “Relacionado con la decisión nacional de acatar el fallo de la Corte, hay que ver dos cuestiones. O mentía la presidente cuando decía que se producía un caos si se giraba el 15% a las provincias, que se desfinanciaban los programas sociales; o bien, con este Decreto, lo que se intenta ahora es justamente que caigan esos planes, desfinanciar todos estos programas”, reflexionó el titular de Hacienda y Finanzas de Corrientes.

DÉFICIT NACIONAL

“¿Si se distribuye lo que no tiene, qué le produce?, por eso hay que ver esta situación; parece una inconsistencia grosera que la misma presidente firma un decreto ampliando el déficit a 130 mil millones y además distribuya más recursos. Esto es lo que no se entiende.”, subrayó Vaz Torres.

“Estas cuestiones se van a dilucidar pronto y yo creo que este gobierno que viene que tiene un perfil distinto, que ya ha manifestado comportase de otra manera, con respeto a las jurisdicciones provinciales, le va a encontrar -en conjunto con las jurisdicciones provinciales- la justa medida de las cuestiones y va a quedar en el olvido esta actitud perversa que tiene la Presidente de actuar de esta manera. ¿Por qué no nos devolvió antes? ¿Por qué esta perversión de no devolver estos recursos a las provincias si era cierto que se podrían transferir?”, se preguntó en tono de análisis Vaz Torres.

“Esto es lo que realmente la ciudadanía tiene que sopesar a la hora de merituar si la elección fue correcta, y yo creo que sí. Ahora tenemos que trabajar en la normalización”, indicó.

CAMINO DE SOLUCIÓN

“No le creo a la Presidente, ya hace mucho tiempo; el pueblo no la creyó. La solución está en acordar con la Nación y en esto las provincias mejoran muchísimo su capacidad negociadora porque hay un fallo de la Corte que zanja la discusión. Seguramente nos vamos a tener que sentar a discutir una nueva ley de coparticipación donde ya no vamos a entrar en la trampa de qué le toca a las provincias entre sí, sino qué relación hay entre Nación-Provincias”, señaló el Ministro.

“Se simplifica la discusión, y la mejor lección que va a recibir Cristina Fernández de Kirchner es lo que pasó acá en Corrientes; el gobernador Ricardo Colombi decidió transferir cuatro puntos de la coparticipación propia a las comunas y nos fue mucho mejor. Esto es un mérito a la confianza de cada una de las jurisdicciones, independientemente de su color político. Y nos fue mejor”, afirmó Vaz Torres.

“Como nos fue mejor, los resultados electorales están a la vista; las cosas se resuelven con responsabilidad, con cordura, coherencia, diálogo, que es lo que se viene en el país”, adelantó.

CAMBIO Y FUNCIONAMIENTO

“Habría que ver si ingresan recursos por este decreto. Hay que analizar la norma y los alcances que tiene”, expresó Vaz Torres sobre la decisión de la presidente Fernández de Kirchner.

“A partir del 10 de diciembre es otra administración nacional, otro país, otras conductas y se verá que las cuestiones van a funcionar mejor. Esta discusión del 15% está zanjada. Queda ahora que las provincias que no instalaron su demanda judicial, tienen la opción de hacerlo o no. Creo que la Nación va a encarar este tema sin que se judicialicen todas estas cuestiones”, estimó Vaz Torres.

“Pero también hay que resolver el problema de la falta de reservas del Banco Central de la República Argentina; también hay que resolver el problema de la venta a futuro de dólares, todo este jaque financiero que le pretende dar el kirchnerismo al Gobierno que viene. Esta es una actitud muy perversa, antidemocrática, porque no se puede generar este ambiente institucional en un marco de recambio que la gente decidió; esto es faltarle el respeto a la ciudadanía, es generarle conflictos cuando la situación no está para eso”, observó el ministro de Hacienda y Finanzas.

“La Presidente quiere generar conflictividad y complicarle al futuro Gobierno las cuestiones, cuando en realidad la única responsable de las complicaciones que tenemos es ella misma. Esto se resuelve después del 10 de diciembre”, cerró Vaz Torres.

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2015-12-02 : Mauricio Macri reunió a su gabinete: "La Presidente quiere salir por la puerta chica"

El Presidente Electo presentó esta mañana a su equipo de ministros, que lo acompañarán desde el inicio de su gestión el 10 de diciembre venidero.

Mauricio Macri se quejó de las últimas decisiones tomadas por la Presidente saliente, Cristina Fernandez, "Cada cosa que cree que hace en perjuicio de nuestro gobierno, en realidad es en perjuicio de todos los argentinos" expresó.

"Todos queremos avanzar hacia el federalismo y que todos las provincias reciban lo que tienen que recibir, pero en su momento lo que hizo fue centralizar los ingresos y quedarse con los recursos de las provincias", añadió.

"Lo que vemos es un fin de gobierno donde la incapacidad de gestión se materializa cada vez más; porque nada les alcanza, deudas por todos lados, nombramientos nuevos; todo eso hace a que se explique por qué tenemos este problema de inflación y ellos sigan emitiendo", según señala Infobae.

A la reunión de hoy faltó el actual Ministro de Ciencia y Tecnología, quien se habría excusado por compromisos previos.

GABINETE DE MINISTROS A PARTIR DEL 10 DE DICIEMBRE DE 2015
Agricultura: Ricardo Buryaile
Ambiente: Sergio Bergman
Ciencia y Tecnología: Lino Barañao
Comunicaciones: Oscar Aguad
Cultura: Pablo Avelluto
Defensa: Julio Martínez
Desarrollo Productivo: Francisco Cabrera
Desarrollo Social: Carolina Stanley
Educación: Esteban Bullrich
Energía y Minería: Juan José Aranguren
Hacienda y Finanzas: Alfonso Prat Gay
Interior: Rogelio Frigerio
Jefe de Gabinete: Marcos Peña
Justicia y Derechos Humanos: Germán Garavano
Modernización: Andrés Ibarra
Relaciones Exteriores: Susana Malcorra
Salud: Jorge Lemus
Seguridad: Patricia Bullrich
Trabajo: Jorge Triaca
Transporte: Guillermo Dietrich
Turismo: Gustavo Santos


FOTO: Mario Quintana, Pablo Avelluto, Gustavo Santos, Fernando De Andreis, Guillermo Dietrich, Patricia Bullrich, Esteban Bullrich, Alfonso Prat Gay, Carolina Stanley, Oscar Aguad, José Cano, Andrés Ibarra, Gustavo Lopetegui, Hernán Lombardi, Juan José Aranguren, Jorge Lemus, Germán Garavano, Julio Martínez, Rogelio Frigerio, Gabriela Michetti, Marcos Peña, Susana Malcorra, Francisco Cabrera, Jorge Triaca, Ricardo Buryaile, Sergio Bergman.


FOTO: facebook Mauricio Macri

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2015-12-01 : La justicia define esta semana si envía a juicio oral al Presidente Electo en la causa por las escuchas

El fiscal federal Jorge Di Lello resolvería esta semana si el presidente electo, Mauricio Macri, debe ir a juicio o no en la causa por las "escuchas ilegales". La decisión podría ser tomada entre jueves y viernes de esta semana, para definir la situación jurídica del Presidente Electo antes de la asunción que debe realizarse el 10 de diciembre.

La causa fue enviada "en vista· al Fiscal Di Lello por el Juez que entiende en la misma, el juez federal Sebastián Casanello, para que se pronuncie si corresponde "elevar a juicio, sobreseer o pedir más pruebas" en la causa de presunto espionaje ilegal por parte del Gobierno porteño. "Estoy trabajando a todo ritmo, con la mayor ligereza posible, porque mi idea es que el dictamen esté terminado entre el jueves y viernes", expresó Di Lello a la prensa, que según explicó que por "una cuestión institucional", el Presidente Electo debe tener "una situación clara de su posición jurídica".

"yo hace un año y medio ya había pedido que se elevaran todos a juicio oral". recordó Di Lello.

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2015-12-01 : El municipio conmemora el Día Internacional de la Acción contra el Sida

El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Juventud a cargo de la Dra. Consuelo Della Rosa, se hizo presente con un stand en la plaza 25 de Mayo, conmemorando el Día Internacional de la Acción contra el Sida, entregando folletería informativa y preservativos para la prevención de la transmisión de esta enfermedad.

El Día Internacional de la Acción contra el Sida se conmemora el 1 de diciembre de cada año, y se dedica a dar a conocer los avances contra la pandemia de VIH/sida causada por la extensión de la infección del VIH.1 En cuanto al símbolo; la cinta roja se utiliza para aumentar la conciencia pública en la prevención y tratamiento del sida. También como muestra de solidaridad y apoyo por esta enfermedad y a las personas con VIH.

Otra consideración importante es la que se decidió en el año 2011, mediante la ONUSIDA quienes cambiaron el nombre ‘Día Internacional de la Lucha contra el Sida’ por el de ‘Día Internacional de la Acción contra el Sida’, por considerar que la palabra «lucha» tiene una connotación belicista (bélico).

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2015-12-01 : Ganadores de la Gran Final de los certámenes Pre Fiesta del Chamamé

Organizado por el Instituto de Cultura de Corrientes, se realizó este domingo la Gran Final del Certamen Pre Fiesta Nacional del Chamamé en el Teatro Oficial Juan de Vera. Participaron 68 finalistas y con un total aproximado de 400 jóvenes artistas en escena, provenientes de diversas sub-sedes provinciales, nacionales e internacionales.

“Estamos muy contentos con esta jornada de trabajo. El nivel de competencia crece año tras año y al jurado le cuesta mucho poder tomar una decisión después de escuchar todas las propuestas”, comentó Juanchy Cabrera uno de los integrantes del jurado, Vertiente Musical.

La Coordinadora General de Certámenes Pre Fiesta Nacional del Chamamé y productora ejecutiva y artística Prof. Margarita Mambrín agradeció al personal del coliseo correntino por su colaboración y felicitó a todos los participantes por el arte que entregaron en cada manifestación artística, desde la danza hasta la canción.

Esta Gran Final de los certámenes Pre Fiesta Nacional del Chamamé comenzó pasada las nueve de la mañana, y se extendió hasta cerca de las 18. Desde muy temprano llegaron al Teatro Vera delegaciones de las diferentes subsedes, y los seleccionados de los Juegos Culturales Correntinos.

GRAN ANTESALA
Por momentos la platea del coliseo correntino se vio desbordada de público y se habilitaron las galerías del coliseo para que el público y los mismos participantes puedan apreciar la Gran Final del Certamen Pre Fiesta Nacional del Chamamé.

“Los nervios se multiplican estando en un escenario tan importante como el Teatro Vera. Es un sueño llegar aquí y hacer este camino a la Fiesta Nacional del Chamamé, he cantado y dejado todo lo mejor de mí”, comentó con visible entusiasmo Carolina Gek de tan sólo 16 años.

Una de las atracciones de la jornada fue la presentación del Ballet Martín Fierro de Gobernador Virasoro, que realizaron un cuadro con la historia de la yerba mate. Néstor y Rita, del ballet comentaron que pensaron en el Museo viviente de la Yerba Mate, “nuestra ciudad crece día tras día en torno a la yerba mate. Hemos ganado en la subsede de Alvear y llegamos aquí con mucha ilusión, muchos chicos de Gobernador Virasoro no conocían el Teatro Vera y se sintieron felices y emocionados de poder bailar en este escenario”, comentaron. El cuadro se complementa con textos de escritores del pueblo y también pinturas hechas por los artesanos de esta localidad correntina.

Al inicio de la mañana, cuando aún iban pasando las primeras parejas de baile, los nervios se respiraban en el ambiente. Una pareja en plena competencia se deslizó hasta el piso y el público los alentó con las palmas. Minutos después la profesora Gabriel Ávalos los invitó a los bailarines a disfrutar de la danza, “bailar lo llevamos en la sangre y nos hace únicos en el universo”, resaltó.

Por su parte el profesor Juanchy Cabrera comentó que ya hace algunos años que esta como jurado en la vertiente musical de los certámenes Pre Fiesta, “es una alegría estar presente aquí, se vive con gran expectativa la cantidad de aspirantes para la Fiesta Nacional del Chamamé. Estamos cansados pero felices. El nivel de competencia crece año tras año y al jurado le cuesta mucho poder tomar una decisión después de escuchar todas las propuestas”, comentó.

GANADORES
Los ganadores de la Gran Final de los certámenes Pre Fiesta, que participarán de la 26ª Fiesta Nacional del Chamamé y 12° Fiesta del Chamamé de MERCOSUR son los siguientes:

VERTIENTE MÚSICA:
Rubro Solista Vocal Femenino: Camila Gómez - Subsede: Corrientes (Capital).
Rubro Solista Vocal Masculino: Néstor Gómez - Sub-sede: Las Breñas (Chaco).
Rubro Solista Instrumental: Desierto.
Rubro Dúo Instrumental: “Dúo Mbareté” - Sub-sede: Sociedad Española Saladas (Corrientes).
Rubro Conjunto Instrumental Tradicional: “Yasí Yateré Trío” - Sub-sede: Victoria (Entre Ríos).
Rubro Conjunto Vocal - Instrumental de Proyección: “Adrián Montes y su Conjunto” – Sub-sede: Las Breñas (Chaco).
Rubro Recitador: Ignacio Aníbal Galarza – Sub-sede: Corrientes (Capital).
Rubro Pieza Inédita Instrumental: Declarado Desierto.
Rubro Canción Inédita: “Memoria del Agua” – Letra: Serafín Ricci – Música: Sergio Luis Díaz – Sub-sede Las Breñas (Chaco).

VERTIENTE DANZA:
Rubro Pareja de Baile Forma Tradicional Categoría “A”: Romina Cáceres – Mauro Gorosito - Sub-sede: Victoria (Entre Ríos).
Rubro Pareja de Baile Forma Tradicional Categoría “B”: Andrea Dana Baudín – Jerónimo Agustín Seito - Sub-sede: Corrientes (Capital).
Rubro Pareja de Baile - Forma Estilizada: Declarado Desierto
Rubro Ballet Forma Tradicional: Ballet “La Vieja Querencia” – Sub-sede Mercedes (Corrientes).
Rubro Ballet Forma Estilizada y/o de Proyección: sin concursantes.
Rubro Cuadro Argumental: Declarado desierto.

MENCIÓNES ESPECIALES: y participarán de la Bailanta Chamamecera
Rubro Dúo Vocal – Instrumental Tradicional: Hermanas Figueroa - Sub-sede: Esquina (Corrientes).
Rubro Conjunto Instrumental Tradicional: Natalia Belén Romero “La Gringa del Acordeón” - Sub-sede Corrientes (Capital).
Rubro Conjunto Instrumental Tradicional: “Los hijos de Esquina” – Sub-sede Juegos Culturales: Esquina (Corrientes).
Rubro Conjunto Instrumental Tradicional: “Agustín Trío” – Subsede Esquina (Corrientes).
Rubro Pareja de Baile Categoría “A”: Mariana Soledad Casco – Gavino Yamil Chávez - Sub-sede: Esquina (Corrientes).
Rubro Ballet Forma Tradicional: “Ballet Cruzando Fronteras” – Sub-sede Fontana (Chaco).
Rubro Cuadro Argumental: “El museo de la Yerba Mate” – Ballet Martín Fierro – Sub-sede Alvear (Corrientes).

El Cuerpo de Jurado Técnico estuvo integrado por los siguientes profesionales:

VERTIENTE MÚSICA: Prof. Juan Francisco Cabrera; Prof. Alfredo Soy; Prof. Bruno Mendoza.

VERTIENTE DANZA: Prof. Gabriela Ávalos; Prof. Prof. Silvio Maidana y Prof. Raúl Cerdán Aguirre

LOCUCIÓN: Sra.: Sara Spagnolo.

ASISTENCIA TÉCNICA: Personal técnico del Teatro Oficial Juan de Vera.

ASISTENCIA DE PRODUCCIÓN SUB-SEDES CERTÁMENES PRE FIESTA NACIONAL DEL CHAMAME y GRAN FINAL PRE FIESTA: Carolina Rojas; Liliana Gamarra, José Luis Enríquez y Exequiel Mambrín

COORDINACIÓN GENERAL DE CERTÁMENES PRE FIESTA NACIONAL DEL CHAMAME – PRODUCCIÓN ARTÍSTICA Y EJECUTIVA: Prof. Margarita Mambrín.

PRODUCCIÓN GENERAL: Instituto de Cultura Corrientes, a través de la Dirección de Artes Escénicas, de la Música y Artes Audiovisuales.

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2015-12-01 : El ballet municipal de Mercedes ganó el Certamen “Pre Fiesta Nacional de Chamamé”

El Gobierno Municipal, a través de la Dirección de Cultura a cargo de Ana Ferrando Trim, lleva adelante talleres municipales en los barrios que permiten aprender diferentes disciplinas artísticas; entre ellos se encuentra el taller de Danza, a cargo del Prof. Pablo Feu y Marisa Bobeda. Ambos participaron junto a su grupo en el Certamen Pre Fiesta Nacional de Chamamé, consolidándose como el Ballet Ganador del evento realizado en el teatro Vera de Corrientes Capital, bajo el nombre de “La vieja Querencia”, conformado por los bailarines de los talleres municipales.

Además la pareja de baile mercedeña, Nelson Salas y su hermana, Yamila, participaron en el rubro de pareja tradicional. Pablo Feu, profesor del taller manifestó: - “Nos fue muy bien, estamos muy contentos, después de ir tres años seguidos a la final de la Pre Fiesta Nacional del Chamamé tuvimos la suerte de ser seleccionados como ballet Ganador”. Además comentó que el certamen “está dividido en categorías a y b, en esta última participan chicos de 8 a 12 años, y en la primera los chicos de 15 en adelante, sin embargo en el rubro ballet sólo participamos en la categoría A”. Agregó que concurren competidores de Santa Fe, Chaco, Entre Ríos, Misiones, y de nuestra provincia, donde hay más de 10 Sub Sedes. “Es por esta razón que año a año va tomando más importancia ya que suma contendientes y el nivel se torna más competitivo” subrayó. Destacó el progreso de nuestro ballet recordando que el primer año que fueron tuvieron buenas críticas, sin embargo el nivel era muy alto para ellos. “Trabajamos sobre manejar el escenario, sacarse los miedos, la vergüenza, un vestuario acorde al certamen, teniendo en cuenta algunas cuestiones musicales, seleccionando temas y sobre todo teniendo en cuenta el rescate de canciones que perdieron vigencia”, dijo Pablo. “En esta oportunidad elegimos <>, la versión del Grupo Sangre Paiubrera, porque queríamos representar de la mejor manera a Mercedes, el chamamé no es sólo zapateo sino también melodía romántica”.

Por otra parte, Marisa, su pareja, declaró que “El público se levantó cuando comenzó nuestro chamamé, los sapucay se hacían sentir” (…) venimos en busca de este sueño después de tantos años de trabajo, investigación y perseverancia. Este es un despegue, un punto de partida para seguir creciendo, porque hace años venimos trabajando en esto”. Por último adelantó “se vienen los cierres de los talleres municipales y queremos hacer un cuadro tradicional norteño, mostrando que los chicos pueden seguir escalando en nuestra danza”.

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2015-12-01 : El Traspaso del mando será en el Congreso ante la Asamblea Legislativa

Así lo confirmaron desde el Gobierno Nacional, la ceremonia de traspaso de mando presidencial se hará en el Congreso.

Así se informó mediante un comunicado de prensa emitido por la Secretaría General de la Presidencia, que informa que tal como establece la Constitución Nacional, la ceremonia de traspaso del mando presidencial se realizará ante la Asamblea Legislativa en el Congreso de la Nación Argentina.

"La Constitución Nacional en su sección segunda, capitulo primero, en particular en su art. 93 reza: “Al tomar posesión de su cargo el presidente y vicepresidente prestarán juramento, en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas, de: “desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la constitución de la Nación Argentina”.

Por ello, la Secretaria General de la Presidencia informa que la ceremonia de traspaso del mando presidencial se realizará conforme lo establecido por la Constitución Nacional, ante la Asamblea Legislativa en el Congreso de la Nación Argentina."

Desde el Macrismo solicitan que la entrega de la Banda Presidencial y el Bastón de Mando, sea realizado en la Casa Rosada, pero por momento no se ha llegado a un acuerdo en ese respecto.

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2015-12-01 : Se presentó el Programa “Jóvenes con más y mejor trabajo” y se entregaron materiales de estudio

El Gobierno Municipal, a través de la Oficina de Empleo a cargo de la Cra. Juana Gauto, realizó el lanzamiento del Programa “Jóvenes con más y mejor trabajo”, este lunes 30 de noviembre, a las 9,30hs en el Centro de Interpretación de Mercedes. Estuvieron presentes, la Jefa de la Oficina de Empleo local, C.P. Juanita Gauto, acompañada de funcionarios municipales como el Director de Deportes Prof. Carlos “Pelusa” Avalos, el Director de Comercio Dr. Diego Farquharson y el concejal electo Oscar Pintos.

En la ocasión se dio a conocer la nómina de los 60 jóvenes que fueron dados de alta para capacitarse en el Curso de Introducción al Trabajo. Además se entregaron los materiales de apoyo a los participantes que servirán para realizar las actividades.

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2015-12-01 : Campeonato de Fútbol 5 organizado por la Dirección de Juventud a realizarse este sábado

El gobierno Municipal, a través de la Dirección de Juventud y con el apoyo de Deportes, invita a jóvenes de 12 a 15, y de 16 a 20 años, a competir en el Campeonato de Fútbol 5 a desarrollarse el sábado a partir de las 9 de la mañana. Inscripciones gratuitas de 7 a 13 hs. en la Oficina de Juventud.

El sábado a partir de las 9 am arranca un nuevo Campeonato de Fútbol 5, en modalidades Masculinos y Femeninos; con dos categorías: de 12 a 15, y de 16 a 20 años. Dicha competencia se desarrollará en el parque Mitre de nuestra ciudad. La inscripción es libre y gratuita, y pueden realizarla con fecha límite al viernes, en la oficina de Juventud cita en el Palacio Municipal, sobre Sarmiento 650, en los horarios de 7 a 13 hs.

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2015-12-01 : Partieron a Córdoba un grupo de mercedeños para operarse gratuitamente de Cataratas

La Secretaria de Salud y Acción Social informa que una delegación de 9 personas viajó este domingo hacia la ciudad de Córdoba, en el marco del convenio entre la Fundación U.M.M.E.P. “Un mundo mejor es posible” y el Gobierno de la Municipalidad de Mercedes para la ejecución del programa “Operación Milagro” que brinda operaciones gratuitas de cataratas a personas con discapacidad visual. Los mercedeños regresarán el miércoles por la tarde.

El Programa “Operación Milagro” está dirigido a solucionar en forma TOTALMENTE GRATUITA los problemas de visión de las personas que padecen CATARATAS y hoy no pueden acceder a los respectivos tratamientos debido a los altos costos que insumen.


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2015-12-01 : El Gobierno cesa la detracción del 15% de coparticipación a todas las provincias por fallo de la corte

la provincia de corrientes habría resignado en éste concepto más de 8 mil millones de pesos entre 2006 y 2015.

El cese de la detracción fue realizado a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 2635/2015, publicado hoy en el Boletín Oficial con la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y todo su gabinete.

“En virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dispónese el cese a la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables pactada en la cláusula primera del Acuerdo entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales del 12 de agosto de 1992 ratificado por la Ley N° 24.130 a la totalidad de las jurisdicciones, en la proporción que les corresponda de acuerdo a la distribución y a los índices fijados en la Ley N° 23.548”, ordena la norma en su artículo 1°”.

“la Administración Federal de Ingresos Públicos deberá cesar la retención de la cuenta recaudadora del impuesto de la Ley N° 23.349 a la totalidad de las jurisdicciones, del porcentual resultante de la aplicación del Decreto N° 1399/01 que a cada una de ellas le asigna la Ley N°23.548”.

En el decreto se ordena además “al Tesoro Nacional, con cargo a Rentas Generales, cubrir una suma equivalente a las sumas que se dejen de detraer por la medida dispuesta en el Artículo 1°, las que seguirán siendo tenidas en cuenta como referencia a los fines de la movilidad dispuesta por la Ley N° 26.417”.

En los considerandos del DNU, el Gobierno sostiene que las medidas del máximo tribunal “refieren sólo a tres provincias argentinas: Córdoba, San Luis y Santa Fe”, no obstante aclara que “sin embargo, del modo en que han sido dictadas, sus implicancias más temprano que tarde, se deben extender al conjunto de todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. según señala hoy Telam

Asimismo, advierte que “ello está llamado a producir un drástico cambio en el reparto de la coparticipación y una brusca disminución de los ingresos para la seguridad social, afectando incluso los índices de movilidad jubilatoria, la asistencia a las cajas de regímenes no transferidos, condicionando de ese modo a la totalidad del sistema provisional de reparto y a las prestaciones de la seguridad social”.



TEXTO COMPLETO DEL DECRETO

Decreto 2635/2015

Impuestos Coparticipables. Cese.

Bs. As., 30/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0337142/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y lo resuelto por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, el día 24 de noviembre de 2015, en los autos caratulados CSJ 538/2009 (45-S)/CS1 “Santa Fe, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad”, CSJ 191/2009 (45-S)/CS1 “San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad y cobro de pesos”, CSJ 786/2013 (49-C) /CS1 “Córdoba, Provincia de c/ Estado Nacional y otro s/ medida cautelar”, CSJ 539/2009 (45-S) CS1 “Santa Fe c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” y CSJ 1039/2008 (44-S)/CS1 “San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional y otra s/ cobro de pesos”, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las resoluciones consignadas en el Visto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN dispuso la inconstitucionalidad del artículo 76 de la Ley N° 26.078 y de los artículos 1°, inciso a), y 4° del Decreto N° 1.399/01.

Que las medidas dispuestas por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN respecto del artículo 76 de la Ley N° 26.078 se refieren sólo a tres Provincias argentinas: Córdoba, San Luis y Santa Fe.

Que sin embargo, del modo en que han sido dictadas, sus implicancias más temprano que tarde, se deben extender al conjunto de todas las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que ello está llamado a producir un drástico cambio en el reparto de la coparticipación y una brusca disminución de los ingresos para la seguridad social, afectando incluso los índices de movilidad jubilatoria, la asistencia a las cajas de regímenes no transferidos, condicionando de ese modo a la totalidad del sistema provisional de reparto y a las prestaciones de la seguridad social.

Que el artículo 76 de la Ley N° 26.078 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006, dispuso —en concordancia con los llamados Pactos Fiscales— la prórroga durante la vigencia de los impuestos respectivos, o hasta la sanción de la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional, lo que ocurra primero, de la distribución del producido de los tributos prevista en las Leyes Nos. 24.977, 25.067 y sus modificatorias, Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997 y sus modificatorias), 24.130, 23.966 (t.o. 1997 y sus modificatorias), 24.464 - artículo 5°, 24.699 y modificatorias, 25.226 y modificatorias y 25.239 —artículo 11—, modificatoria de la Ley N° 24.625, y por cinco años los plazos establecidos en el artículo 17 de la Ley N° 25.239.

Que la Ley N° 26.078 fue sancionada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara del CONGRESO NACIONAL tal como lo prevé el inciso 3° del artículo 75 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en lo que respecta a las facultades del PODER LEGISLATIVO NACIONAL para realizar asignaciones específicas de tributos coparticipables.

Que la deducción dispuesta por el artículo 76 de la Ley N° 26.078 tiene como antecedente lo pactado en la cláusula Primera del “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS PROVINCIALES” suscripto el 12 de agosto de 1992, entre el entonces Presidente de la Nación Dr. Carlos MENEM y los Gobernadores y Representantes de las Provincias, que fuera ratificado por la Ley N° 24.130.

Que la referida cláusula estableció que “A partir del 1ro. de Setiembre de 1992, el Estado Nacional queda autorizado a retener un 15 % (quince por ciento), con más una suma fija de $ 43.800.000 mensual, de la masa de impuestos coparticipables prevista en el artículo 2do. de la Ley 23.548 y sus modificatorias vigentes a la fecha de la firma del presente, en concepto de aportes de todos los niveles estatales que integran la Federación para los siguientes destinos: a) El 15 % (quince por ciento) para atender el pago de las obligaciones previsionales nacionales y otros gastos operativos que resulten necesarios...”.

Que asimismo, la Cláusula Octava de dicho Acuerdo dispuso que “El presente convenio tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 1993. Las Provincias y la Nación se comprometen a seguir financiando mancomunadamente el Régimen Nacional de Previsión Social, por lo cual se asegurara el descuento del 15 % de la masa de impuestos coparticipables hasta tanto no exista un nuevo acuerdo de partes o una nueva Ley de Coparticipación Federal. ...”.

Que el Acuerdo suscripto en 1992 fue prorrogado sucesivamente mediante diversos Pactos de la misma naturaleza.

Que en tal sentido, con fecha 12 de agosto de 1993 el ex Presidente Menem suscribió con los Gobernadores y Representantes el denominado PACTO FEDERAL PARA EL EMPLEO, LA PRODUCCIÓN Y EL CRECIMIENTO, —ratificado por la Ley N° 24.307— en el que las Provincias firmantes y el Estado Nacional —cláusula TERCERA— incluyeron la prórroga de la vigencia del Acuerdo precitado hasta el día 30 de junio de 1995.

Que por la Ley N° 24.699, promulgada por el ex Presidente Menem por el Decreto N° 1083/96, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 1998 el plazo para el cumplimiento del Pacto Federal firmado en 1993.

Que el 6 de diciembre de 1999 los Gobernadores y Representantes de las Provincias y con la presencia de los Dres. Federico Storani y José Luis Machinea, en representación del Gobierno Nacional, suscribieron el COMPROMISO FEDERAL, cuyo artículo Primero dispuso Proponer al Congreso Nacional prorrogar por el plazo de dos años la vigencia de diversas leyes, entre ellas la Ley N° 24.130, siempre que con anterioridad no se sancionara la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional. Dicho Compromiso Federal fue ratificado por el Congreso Nacional mediante la Ley N° 25.235, que fuera promulgada por el ex Presidente DE LA RUA por el Decreto N° 191 del 30 de diciembre de 1999.

Que, en tanto, el 17 de noviembre de 2000, los representantes del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires suscribieron el COMPROMISO FEDERAL POR EL CRECIMIENTO Y LA DISCIPLINA FISCAL, cuyo artículo CUARTO dispuso Proponer al Congreso Nacional prorrogar por el plazo de CINCO años la vigencia de distintas normas, entre las cuales se encuentra la precitada Ley N° 24.130, siempre que con anterioridad no se sancionara la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional. Dicho Compromiso Federal fue ratificado por el Congreso Nacional mediante la Ley N° 25.400.

Que, en ese marco, se estructuró el financiamiento de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, con sustento en los acuerdos celebrados por el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en materia de previsión social en todo el territorio nacional.

Que el Sistema Previsional Argentino se financia en un QUINCE POR CIENTO (15%) con los fondos provenientes de la masa de recursos coparticipables cuya detracción fue prorrogada por la Ley N° 26.078, siendo también aplicados por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) a fin de afrontar las cajas provinciales transferidas, la asistencia a las cajas provinciales no transferidas y a otras prestaciones de la seguridad social.

Que la percepción del 15% de la masa de recursos brutos coparticipables por parte de la ANSES proyectada para el año 2015, asciende a la suma de $ 98.182 millones sobre un total de $ 638.664 millones, representando un 15% de los recursos totales del organismo, poniéndose de manifiesto con lo expuesto la magnitud de la incidencia de los ingresos involucrados.

Que, conforme lo ha sostenido la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, la Administración Pública debe ajustar su conducta a los lineamientos doctrinarios establecidos por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, absteniéndose de cuestionarlos o de entrar en polémica con ellos, aún cuando no comparta su contenido, principio que se funda en la jerarquía del Tribunal, el carácter definitorio y último de sus sentencias respecto de la interpretación y aplicación del derecho y la necesaria armonía en el comportamiento de los distintos órganos del Estado (Dictámenes 179:75; 194:131; 233:278; 237:438 entre otros).

Que, en consecuencia, el estricto cumplimiento de las precitadas decisiones judiciales de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, trae aparejado dos consecuencias inexorables, desde lo jurídico y desde lo económico, ya que sólo resolvió sobre tres casos concretos. Desde lo jurídico colocan en situación de desigualdad al resto de las Provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, produciendo una palmaria inequidad entre los Estados Provinciales, contrario al más elemental principio de igualdad ante la justicia, consagrado por la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el SISTEMA FEDERAL REPRESENTATIVO Y REPUBLICANO, consagrado en el artículo 16 y 1°, respectivamente, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL por lo cual debe salvaguardarse dicha situación. Y desde lo económico: de no preverse una decisión rápida que impida la continuidad de la detracción declarada inconstitucional, se incrementarían los montos adeudados con más sus intereses al resto de las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, generando una sustancial y profunda modificación en el régimen de coparticipación federal de impuestos, ocasionando a la vez el desfinanciamiento de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que, ante la situación planteada, y no habiéndose sancionado aún desde el 22 de agosto de 1994 la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75 inciso 2 y la Disposición Transitoria Sexta de la Constitución Nacional, resulta necesario adoptar medidas urgentes, haciendo extensivo a la totalidad de las restantes jurisdicciones el cese a la detracción del QUINCE POR CIENTO (15%) de la masa de impuestos coparticipables pactada en la Cláusula Primera del “ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y LOS GOBIERNOS PROVINCIALES” del 12 de agosto de 1992 ratificado por la Ley N° 24.130, en la proporción que le corresponda de acuerdo a la distribución y a los índices fijados en la Ley N° 23.548.

Que es de estricta justicia para con el conjunto de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires extender los efectos de los fallos al conjunto de ellas, en pleno acatamiento a la decisión de la CSJN y previendo además la debida protección al sistema para que no se resientan las prestaciones que tiene a su cargo, mientras tanto se discuta un nuevo régimen federal que suplante al actual.

Que va de suyo los argumentos de la CSJN permiten suponer su extensión a cuantas Provincias reclamantes se presenten y en el menor tiempo posible, por lo que es necesario evitar pleitos, gastos y la producción de intereses que compensen las demoras.

Que el mejor modo de componer la situación consiste en dejar inmediatamente sin efecto las detracciones, previendo la sustitución del financiamiento con otro de origen nacional exclusivo hasta que se rediscutan los términos de un nuevo régimen.

Que por todo lo expuesto, teniendo en cuenta las consecuencias que podría traer aparejado continuar aplicando las detracciones referidas precedentemente, así como los efectos que podría causar el desfinanciamiento de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, resulta urgente adoptar las medidas que se propician, tornándose imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la CONSTITUCION NACIONAL para la sanción de las leyes.

Que resulta necesario que las detracciones dejen de aplicarse desde el primer día hábil del mes inmediato posterior a los fallos de la CSJN, por lo que la vigencia del presente se establecerá desde la fecha misma de su publicación en el Boletín Oficial.

Que no teniendo la CSJN capacidad legisferante, estando constreñida al caso concreto, no es de esperar de ella el dictado de una medida de carácter general que repare la situación, debiendo actuarse con la suficiente celeridad como para evitar incrementos en la litispendencia, los daños y el probable incremento de costos.

Que la sustitución del financiamiento previsto, manteniendo el nivel del recurso pero cambiando la fuente de financiamiento —que deberá tener en cuenta los montos que ingresaron por el concepto actual o el que lo sustituya— posibilitará que los índices de movilidad no se resientan ya que cada peso no detraído se reemplazará por otro proveniente de rentas generales del orden nacional.

Que por este camino se trata de preservar el conjunto de las prestaciones que componen un complejo y completo sistema de seguridad social.

Que, asimismo, la declaración de inconstitucionalidad por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION de los artículos 1° inciso a) y 4° del Decreto N° 1399, de fecha 4 de noviembre de 2001, dictado por el entonces Presidente de la Nación, Dr. Fernando DE LA RUA, en ejercicio de facultades delegadas por la Ley N° 25.414, produce el desfinanciamiento de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que el artículo 1° del Decreto N° 1.399/01 estableció que los recursos de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS estarían conformados, entre otros, por “a) Un porcentaje de la recaudación neta total de los gravámenes y de los recursos aduaneros cuya aplicación, recaudación, fiscalización o ejecución fiscal se encuentra a cargo de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS de acuerdo a lo dispuesto por el artículo siguiente. Para el ejercicio correspondiente al año 2002 dicha alícuota será del DOS COMA SETENTA Y CINCO POR CIENTO (2,75%) y se reducirá anualmente en CERO CUATRO CENTESIMOS POR CIENTO (0,04%) no acumulativo durante los TRES (3) ejercicios siguientes. A partir del cuarto ejercicio, el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá revisar dichos porcentajes...”.

Que el artículo 4° del Decreto N° 1.399/01 dispuso, a su vez, que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS retendría las sumas resultantes de la aplicación del inciso a) del artículo 1° mencionado, de la cuenta recaudadora del impuesto de la Ley N° 23.349 (t.o 1997) en la parte correspondiente al inciso b) del artículo 52 de dicha ley, siendo titular de los recursos enumerados en el artículo anterior, como contraprestación de los servicios que presta, recursos que no podrán ser afectados por ningún Poder del Estado.

Que los artículos 1°, inciso a), y 4° del Decreto N° 1.399/01 —el que tal como se señalara, ha sido dictado en ejercicio de facultades específicamente delegadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION mediante la sanción de la Ley N° 25.414—, establecen una deducción de recursos coparticipables equivalente en la actualidad al 1,90% de la recaudación neta total de los tributos y de los recursos aduaneros cuya recaudación se encuentra a cargo de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

Que, asimismo, y ante la desigualdad que se produciría respecto de las restantes jurisdicciones no comprendidas en las resoluciones de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, corresponde disponer que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS deberá cesar de retener, de la cuenta recaudadora del impuesto de la Ley N° 23.349, el porcentual resultante de la aplicación del Decreto N° 1399/01 que a cada jurisdicción le asigna la Ley N° 23.548.

Que en virtud de ello, resulta necesario recurrir al remedio constitucional establecido en el inciso 3 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL, en el marco del uso de las facultades regladas en la Ley N° 26.122, atento que no se vulnera la limitación constitucional del referido artículo en materia tributaria.

Que la Ley N° 26.122, regula el trámite y los alcances de la intervención del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99 inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que la citada ley determina que la Comisión Bicameral Permanente tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los decretos de necesidad y urgencia, así como elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley N° 26.122 dispone que las Cámaras se pronuncien mediante sendas resoluciones, y que el rechazo o aprobación de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el artículo 82 de la Carta Magna.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme lo dispuesto por los artículos 2°, 19 y 20 de la Ley N° 26.122.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:

Artículo 1° — En virtud de lo resuelto por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, en los fallos citados en el Visto, dispónese el cese a la detracción del QUINCE POR CIENTO (15%) de la masa de impuestos coparticipables pactada en la Cláusula Primera del “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales” del 12 de agosto de 1992 ratificado por la Ley N° 24.130 a la totalidad de las jurisdicciones, en la proporción que les corresponda de acuerdo a la distribución y a los índices fijados en la Ley N° 23.548.

Art. 2° — En virtud de lo resuelto por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, en los fallos citados en el Visto, dispónese que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS deberá cesar la retención de la cuenta recaudadora del impuesto de la Ley N° 23.349 a la totalidad de las jurisdicciones, del porcentual resultante de la aplicación del Decreto N° 1399/01 que a cada una de ellas le asigna la Ley N° 23.548.

Art. 3° — Ordénase al TESORO NACIONAL, con cargo a Rentas Generales, cubrir una suma equivalente a las sumas que se dejen de detraer por la medida dispuesta en el Artículo 1°, las que seguirán siendo tenidas en cuenta como referencia a los fines de la movilidad dispuesta por la Ley N° 26.417.

Art. 4° — Instrúyese al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente.

Art. 5° — La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 6° — Dése cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo. — Héctor M. Timerman. — Agustín O. Rossi. — Axel Kicillof. — Débora A. Giorgi. — Carlos H. Casamiquela. — Carlos E. Meyer. — Julio M. De Vido. — Julio C. Alak. — María C. Rodriguez. — Carlos A. Tomada. — Alicia M. Kirchner. — Daniel G. Gollan. — Alberto E. Sileoni. — José L. S. Barañao. — Teresa A. Sellarés.

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2015-11-30 : Según el escrutinio definitivo Macri se impuso a Scioli por un 51.34% a un 48,66%

El Director Nacional Electoral, Alejandro Di Tulio, dió a conocer el número definitivo del Balottage, lo hizo a través de su cuenta de twitter.

Según el escrutinio definitivo, se ratificó el triunfo de Mauricio Macri, quien obtuvo un total de 12.988.349 sufragios ó el 51,34%, contra 12.309.301 que obtuvo Daniel Scioli, ó el 48,66% de los sufragios.

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